El TSJN reconoce a los funcionarios el carácter voluntario de la impartición de charlas de formación y el derecho a compensación económica por ello

Estima el recurso de apelación dirigido por ALCAN, Abogados y Economistas que rectifica la sentencia de instancia, y confirma que los funcionarios del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra no están obligados a impartir actividades docentes como se les exige desde mayo de 2017, y que estas, en caso de realizarse, deben ser retribuidas.