El Juzgado de lo Penal nº 2 de Pamplona, en procedimiento en que las abogadas de ALCAN, Abogados y Economistas, Susana Jaime y Estíbaliz Álava ejercían la acusación particular, ha impuesto al acusado una condena de seis meses de multa, con una cuantía de 12 euros diarios, con la prohibición de acercarse a la trabajadora agredida a menos de 200 metros y de comunicarse con ella durante tres años. Igualmente le ha impuesto la obligación de indemnizar a la víctima con 21.409,49 euros a consecuencia de las lesiones sufridas, más la cantidad que se determinará en ejecución por la pérdida de un pendiente y la rotura del pantalón.
La sentencia considera probado que el agresor, entró en las oficinas de la empresa DORNIER y se dirigió a la trabajadora que estaba atendiendo la recepción diciendo: “vengo a pagar esta denuncia, hijos de puta”. La trabajadora le informó que no podía pagarla allí y, posteriormente, en la calle, fuera de la oficina, el ahora condenado le dijo “sois unos hijos de puta” mientras la agarraba de la ropa por el pecho y cuando intentó librarse la agarró más fuerte, levantó el puño, abrió la mano y le dio un tortazo que la hizo caer al suelo, para seguidamente empujarla, por lo que volvió a caer, se golpeó en la espalda y quedó aturdida, perdiendo un pendiente y rompiéndose el pantalón.
La sentencia considera que los hechos son constitutivos de un delito de lesiones, destacando, en orden a fijar la indemnización, no solo las lesiones físicas sufridas sino la concurrencia de lesiones psicológicas, señalando que la agresión originó “un estrés postraumático que ha condicionado el desenvolvimiento y desarrollo normal de su vida, teniendo que seguir un tratamiento psicológico y no pudiendo volver a ejercer su trabajo con normalidad, dado que se ve incapacitada para trabajar cara al público”.