Anulada la convocatoria de la plaza de Secretario de Pamplona
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra estima el recurso de lesividad interpuesto por el Ayuntamiento de Pamplona bajo la dirección letrada de ALCAN, Abogados y Economistas
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra estima el recurso de lesividad interpuesto por el Ayuntamiento de Pamplona bajo la dirección letrada de ALCAN, Abogados y Economistas
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Navarra estima el recurso dirigido por ALCAN, Abogados y Economistas reconociendo que su propiedad pertenece a la Comunidad de Bardenas, y no son dominio público de la Comunidad Foral
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra fija doctrina legal sobre la revisión de oficio de las liquidaciones firmes en vía administrativa del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos considerando que no es procedente.
Estima el recurso de apelación dirigido por ALCAN, Abogados y Economistas que rectifica la sentencia de instancia, y confirma que los funcionarios del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra no están obligados a impartir actividades docentes como se les exige desde mayo de 2017, y que estas, en caso de realizarse, deben ser retribuidas.
El Gabinete de prensa del TSJN da cuenta de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de 31 de enero de 2019 desestimatoria del recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Pamplona.
El TSJ de Navarra determina en casación autonómica que el alcance de la sentencia del TC es la anulación de todas las liquidaciones de Plusvalía municipal con independencia de que exista o no incremento de valor.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra estima el recurso de lesividad interpuesto por el Ayuntamiento de Pamplona bajo la dirección letrada de ALCAN, Abogados y Economistas
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Navarra estima el recurso dirigido por ALCAN, Abogados y Economistas reconociendo que su propiedad pertenece a la Comunidad de Bardenas, y no son dominio público de la Comunidad Foral
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra fija doctrina legal sobre la revisión de oficio de las liquidaciones firmes en vía administrativa del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos considerando que no es procedente.
Estima el recurso de apelación dirigido por ALCAN, Abogados y Economistas que rectifica la sentencia de instancia, y confirma que los funcionarios del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra no están obligados a impartir actividades docentes como se les exige desde mayo de 2017, y que estas, en caso de realizarse, deben ser retribuidas.
El Gabinete de prensa del TSJN da cuenta de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de 31 de enero de 2019 desestimatoria del recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Pamplona.
El TSJ de Navarra determina en casación autonómica que el alcance de la sentencia del TC es la anulación de todas las liquidaciones de Plusvalía municipal con independencia de que exista o no incremento de valor.
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